Modificación de la Capacidad de Obrar

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El objetivo final del procedimiento por el que se modifica la capacidad de obrar de una persona es protegerla jurídicamente a través de una institución tutelar encargada de prestarle el apoyo necesario para el ejercicio de sus derechos y la toma de sus propias decisiones.

Actualmente, los cargos tutelares son:

  • Tutela
  • Curatela
  • Defensor judicial

El procedimiento se inicia con el fin de que el Juzgado mediante sentencia judicial adopte las medidas de apoyo y protección, que de acuerdo con las circunstancias concretas, pueda necesitar la persona para el ejercicio de su capacidad jurídica. Aunque pueden promover el proceso sus parientes más próximos, el presunto incapaz puede comparecer en el proceso con su propia defensa y representación. Nunca se decidirá sobre la incapacitación sin previo dictamen pericial médico, acordado por el Tribunal. La sentencia de incapacitación no produce efectos de cosa juzgada al no impedir que, sobrevenidas nuevas circunstancias, pueda instarse un nuevo proceso que tenga por objeto dejar sin efecto o modificar el alcance de la incapacitación ya establecida.

Es conveniente advertir que para la realización de actos de disposición, gravamen u otros que se refieran a los bienes y derechos de personas con capacidad modificada judicialmente, es necesaria la autorización judicial obtenida mediante expediente de jurisdicción voluntaria, siendo preceptiva la intervención de Abogado y Procurador cuando el acto para el que se inste el expediente supere el valor de 6.000 Euros.